Lo que debe saber
Cuando forma parte de una pareja, los cambios en la vida de su cónyuge o pareja de hecho también le afectan a usted. Si comienzan o dejan de trabajar, o cambian su situación laboral, lo que les impide participar en la cobertura patrocinada por su empleador, usted tiene 31 días después de la pérdida de la cobertura para agregarlos a sus beneficios.
Cobertura médica, odontológica y oftalmológica
Si su cónyuge o pareja de hecho pierde la cobertura patrocinada por su empleador, usted puede inscribirlos, junto con cualquier dependiente elegible que también haya perdido la cobertura, en sus planes médicos, odontológicos y oftalmológicos.
Tenga en cuenta que, según las normas del IRS, una parte de la prima de su pareja de hecho se deduce después de impuestos, y la parte que corresponde a la empresa se considera renta imponible.
Cuenta de ahorros para la salud (HSA)
¿Aporta a una HSA? Actualice su beneficiario y considere aumentar sus aportes a la HSA para cubrir los gastos médicos elegibles de su cónyuge.
Cuentas de gastos flexibles (FSA)
Si se produce un evento de vida que califica, puede inscribirse o cambiar el monto de sus aportes para satisfacer sus necesidades. También puede presentar los gastos de su nuevo cónyuge y de los integrantes de su familia elegibles para su reembolso, si es que son elegibles.
Seguro voluntario de vida y accidentes
Puede modificar su nivel de cobertura y adquirir cobertura adicional para su cónyuge o pareja de hecho y otros familiares elegibles.
Recuerde revisar y actualizar sus beneficiarios, si lo desea.